REPORTE LOCAL
¿Quiénes están obligados?
- Operaciones realizadas con partes relacionadas en el extranjero y para las operaciones realizadas con partes relacionadas locales, siempre que en estas últimas alguna de las partes intervinientes se encuentre exonerada, exenta o no alcanzada por el IRE. Asimismo, salvo prueba en contrario, se presumirá que las operaciones con residentes en países o jurisdicciones de baja o nula tributación, incluido con usuarios de zonas francas o empresas maquiladoras, son entre partes relacionadas.
- Los contribuyentes cuyos ingresos brutos en el ejercicio inmediato superen los G. 10,000,000,000 (diez mil millones de guaraníes).
Sanción o infracción:
De acuerdo al articulo 29 del Reglamento se podrá aplicar la infracción establecida en la Ley N° 125/91, la cual puede conllevar a una multa de entre Gs. 50,000 (cincuenta mil guaraníes) y Gs. 1,000,000 (un millón de guaraníes).
Fecha de vencimiento:
A partir del ejercicio 2023, la presentación del ETPT referente al ejercicio anterior se deberá realizar de acuerdo con lo siguiente:


